Legalización de documentos

A partir del 1 de enero de 2007 Dinamarca se ha adscrito al Convenio de la Apostilla (El Convenio de la Haya de fecha 5 de octubre de 1961), lo que significa que será más sencillo para los ciudadanos y las empresas legalizar documentos públicos para su uso en el extranjero.

Cuando un documento haya obtenido la Apostilla, normalmente ya no requiere la legalización de la Embajada del país en cuestión, cuando dicho país también se haya adscrito al Convenio de la Apostilla (hay 90 países adscritos, entre ellos España).
En Dinamarca, la Apostilla se obtiene en Ministerio de Asuntos Exteriores, véase el enlace a la derecha “The Apostille” para más información incluyendo el costo.
Los documentos públicos se presentan en el Ministerio de Asuntos Exteriores para su legalización con la Apostilla y lo mismo ocurre con la traducción jurada que lo acompañe. 

Documentos públicos españoles que se desea usar en Dinamarca no necesitan más que la Apostilla de una autoridad española para tener validez.

En el caso de que no sea posible obtener la Apostilla, se procede como antes legalizando el documento en el Ministerio de Asuntos Exteriores y en la Embajada del país de origen.